EDUCACIÓN – Régimen | Macri reduce el presupuesto educativo a la mitad.

El Presidente Macri no concibe a la educación como un derecho.

El Presidente Macri no concibe a la educación como un derecho.

BUENOS AIRES (TV Mundus) Por Daniel do Campo Spada.- En una autèntica aberración jurídica y como parte de un total desprecio a los avances de la última década, el Decreto 13/2015 del flamante Presidente Mauricio Macri desconoce la Ley Nacional de Educación y la Ley de Financiamiento Educativo, reinstalando por DNU la ley 24.856 instaurado por Menem en la década del 90. De esta forma no solo se desfinanciaría a los colegios industriales y terciarios sino que además se reduce el presupuesto del sector a la mitad, abandonando el 6 % de la década peronista.
El Decreto de Ley de Ministerios del multimillonario Jefe de Estado dispone que:
“ARTÍCULO 23 quáter.- Compete al MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros en orden a sus competencias, en todo lo inherente a la Educación, de conformidad a lo establecido por las Leyes Nros. 24.195, 24.521, el Pacto Federal Educativo (Ley N° 24.856) y a las demás leyes y reglamentaciones vigentes y que se dicten en consecuencia, y al Deporte, y en particular:
1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia.
2. Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las
directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
3. Entender en la definición de los objetivos de la política educativa concertados en el seno del Consejo Federal de Educación y dentro del marco de los principios establecidos en la Ley Federal de Educación.
4. Entender en acuerdo con el Consejo Federal de Educación en el establecimiento de los objetivos y Contenidos Básicos Comunes de las currículas de los distintos niveles, ciclos y regímenes especiales de enseñanza, garantizando la unidad del Sistema Educativo Nacional.
5. Entender en la formulación de políticas compensatorias y programas nacionales de cooperación
técnica y financiera que promuevan la calidad y la equidad en el desarrollo de la educación en todo el ámbito de la Nación.
6. Entender en el desarrollo y administración de la Red Federal de Formación Docente Continua para garantizar la calidad, profesionalidad y pertinencia en la formación de los docentes dependientes de las distintas jurisdicciones.
7. Entender en la elaboración y aplicación del Sistema Nacional Integrado de Información y Evaluación de la Calidad Educativa.
https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/SWVrTG5DaXVaNEErdTVReEh2ZkU0dz09
8. Entender en una adecuada federalización del sistema educativo brindando a tal efecto la asistencia técnica que requieran las provincias y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
9. Entender en la formulación de políticas generales para el desarrollo y coordinación del Sistema de Educación Superior, universitario y no universitario.
10. Intervenir en la definición de los criterios de asignación de recursos financieros del Estado Nacional destinados a las Universidades Nacionales.
11. Entender en la creación y operación de fondos para la mejora de la calidad en las Universidades
Nacionales.
12. Entender en la creación de nuevas instituciones universitarias y en la fiscalización de las instituciones universitarias de gestión privada.
13. Entender en las acciones inherentes a la formulación de un sistema de Evaluación y Acreditación para la Educación Superior, universitaria y no universitaria.
14. Entender en la determinación de la validez nacional de estudios y títulos, en la habilitación de títulos profesionales con validez nacional, así como en el reconocimiento de títulos expedidos en el extranjero.
15. Intervenir en la formulación y gestación de convenios internacionales de integración educativa de carácter bilateral o multilateral.
16. Intervenir en la negociación de tratados y convenios internacionales relativos a la educación, y
entender en la aplicación de los tratados y convenios internacionales, leyes y reglamentos generales
relativos a la materia.
17. Coordinar la cooperación internacional en el ámbito de su competencia.
18. Entender en todo lo relativo a la promoción y desarrollo en el país de la actividad deportiva en todas sus formas.
19. Intervenir como Autoridad de Aplicación en el establecimiento de las políticas, planes, programas, infraestructura y seguridad vinculados al fomento y al desarrollo integral del deporte a nivel local e internacional, en todas sus etapas y niveles de competencia y de recreación en todas sus formas y modalidades en coordinación con los organismos nacionales, provinciales municipales e instituciones privadas”
.
El Ministro Esteban Bullrich dijo que fue apenas un error, pero mas allá de esa “equivocación” el mismo está siendo válido hasta que la Comisión Bicameral que comenzará a funcionar en los próximos días anule el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU). Esto no es casual ya que incluso con la ligera inflación de la que se quejaba, ocupando el Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires también redujo el presupuesto a la mitad.

do Campo Spada, 2015 © – ddocampo@tvmundus.com.ar
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DICIEMBRE 2015-12-14 | TECUM – NOVO MundusNET Televisión
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