La Corte revisará la objeción de Clarín al artículo 161.

BUENOS AIRES.- El Procurador General del Tesoro, Joaquín da Rocha pidió a la Cámara que permita a la Corte Suprema de Justicia de la Nación expedirse sobre el pedido cautelar del oligopolio Clarín sobre el Artículo 161 que refiere a los plazos de desinversión para los propietarios que tengan un exceso de licencias.
La Oficina de Prensa de la Procuración emitió el siguiente comunicado:

“La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal concedió el recurso extraordinario patrocinado por la Procuración del Tesoro de la Nación para que la Corte Suprema de Justicia de la Nación analice el fallo que confirmó la medida cautelar que suspendió la aplicación del artículo 161 de la Ley de servicios de comunicación audiovisual.

El Estado Nacional fue notificado de la resolución de la Cámara que concedió el recurso en el marco de una causa iniciada por el Grupo Clarín y en la que está suspendida el artículo que establece el plazo para que se adecuen a la norma.

La Cámara en lo Civil y Comercial Federal había confirmado la suspensión del artículo pero la Procuración del Tesoro apeló la resolución al considerar que, entre otros argumentos, existe gravedad institucional en la falta de aplicación de ese aspecto de la norma.

El artículo establece que “los titulares de licencias de los servicios y registros regulados por esta ley, que a la fecha de su sanción no reúnan o no cumplan los requisitos previstos por la misma, o las personas jurídicas que al momento de entrada en vigencia de esta ley fueran titulares de una cantidad mayor de licencias, o con una composición societaria diferente a la permitida, deberán ajustarse a las disposiciones de la presente en un plazo no mayor a un (1) año desde que la autoridad de aplicación establezca los mecanismos de transición”.

La Corte Suprema de Justicia ya se pronunció a favor de una presentación del Estado Nacional al revocar la suspensión de la totalidad de la norma en una causa iniciada por el diputado nacional por Mendoza Enrique Thomas”.

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MAYO 2010-07-01
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