REGIÓN – Venezuela | Motivos que hacen imposible un juicio político contra el presidente Maduro
(Venezuela)
Lo que la prensa internacional ha celebrado como el supuesto “inicio de un juicio político” contra el presidente Nicolás Maduro, no es más que otro fraude político y jurídico del antichavismo.
Grandes conglomerados mediáticos internacionales -Reuters, AFP, AP, EFE, entre otros- se han cartelizado en torno al supuesto inicio de un juicio político contra el presidente Nicolás Maduro, sin detenerse en referencias o aclaratorias a los fundamentos de un proceso inexistente dentro del orden jurídico venezolano.
En la guerra informativa contra Venezuela poco importan las verdades. En una guerra son las primeras en morir. El gran titular, de fácil reproducción y consumo, sí es lo fundamental y estratégico. Entre más inundado de omisiones y falsedades esté, mejor. O como diría Henrique Capriles ayer, palabras más palabras menos: el 1 de septiembre tenía como objetivo que internacionalmente se supiera que la gente quería cambio.
La foto y los titulares se explican por sí mismos, se vuelven medio y fin para el antichavismo.
Según lo expresado por los diputados antichavistas de la -fallida- AN, este proceso deberá culminar con la declaración de “abandono del cargo” del Presidente de la República, mediante una comisión especial que será nombrada próximamente, en la cual será evaluada “la grave ruptura del orden constitucional y democrático y la devastación de las bases económicas y sociales de la nación”.
Pero una vez mezclaron la gimnasia con la magnesia.
Los elementos de peso que condenan al vacío legal este parapeto de juicio político no sólo emanan de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, sino de la vocería de su principal dirigente político y presidente de la AN -Henry Ramos Allup- y de su principal consultor jurídico.
El “juicio político” no existe en la Constitución de la República Bolivariana (CRBV) de Venezuela.
La CRBV es clara y tajante de acuerdo a las atribuciones de la Asamblea Nacional. En ninguna de ellas, referidas en el artículo 187 del texto constitucional, aparece el “juicio político” como un instrumento a ser utilizado para provocar una destitución del Presidente de la República por la vía parlamentaria.
Dicho mecanismo, sólo existente en regímenes parlamentarios, es inaplicable en Venezuela dada su configuración política: somos un país constitucionalmente presidencialista. Los elementos más parecidos a este recurso según la CRBV es el “voto de censura”, con el cual el Presidente no puede ser tocado, y la “declaración de responsabilidad política”, que para ser aplicado necesita de la cooperación del Poder Ciudadano -integrado por el Defensor del Pueblo, el Contralor General de la República y la Fiscal General de la República.
En la AN no conocen ni la propia Constitución venezolana, o se hacen los locos
El consultor jurídico de la AN no conoce la Constitución
El consultor jurídico de la AN, Jesús María Casal, durante una entrevista que le hiciera César Miguel Rondón el pasado 24 de agosto, explicaba los endebles motivos que guiarían el inicio del juicio político contra el presidente Nicolás Maduro.
Casal asomaba dos rutas que debía tomar la AN si quería blindar, jurídica y políticamente, este procedimiento sin basamento legal. Se refirió en un primer momento a la responsabilidad política del jefe de Estado, sacando a relucir el artículo 232 de la CRBV, el cual reza: “El Presidente o Presidenta de la República es responsable de sus actos y del cumplimiento de las obligaciones inherentes a su cargo. Está obligado u obligada a procurar la garantía de los derechos y libertades de los venezolanos y venezolanas, así como la independencia, integridad, soberanía del territorio y defensa de la República. La declaración de los Estados de Excepción no modifica el principio de su responsabilidad ni la del Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, ni la de los Ministros o Ministras de conformidad con esta Constitución y la Ley”.
El problema principal de la asesoría de Casal a la mayoría antichavista en la AN radica básicamente en que el presidente Nicolás Maduro no ha violado las obligaciones constitucionales referidas en el artículo en cuestión. Casal condenó -mediáticamente- a la MUD a tomar un callejón sin salida para que se dedique a forjar pruebas que daría cuenta de lo que tanto desean ocultar: un proceso forzado políticamente, poco transparente y sin fundamento legal.
Luego Casal se pasó por otros artículos -235 y 240- para justificar que otra vía para iniciar un juicio político podía ser declarar el “abandono del cargo” del presidente Nicolás Maduro. Otro callejón sin salida planteado para el asesor número 1 de la AN: es un hecho incuestionable no sólo que el Presidente de la República está en territorio nacional, sino que se encuentra en pleno ejercicio de sus funciones. Intentar demostrar lo contrario será costoso y los expondrá al ridículo por ser un recurso rebuscado y disociado de la realidad. ¿Estarán dispuestos a asumir ese riesgo?
El punto de inflexión bajo el cual intentan justificar un juicio político contra el presidente Nicolás Maduro se basa en la suspensión del revocatorio por irregularidades cometidas durante la recolección del 1% de las firmas del padrón electoral.
El problema que se le presenta a la AN es que la decisión de suspender el proceso vino por parte de tribunales penales de cinco estados del país, respondiendo a recursos interpuestos por los afectados por las irregularidades cometidas por la MUD, para reparar daños a sus derechos políticos y de identidad, así como los vicios contra el proceso como tal. La MUD deseaba revocar al presidente Maduro a base de un fraude legal y político.
Es decir, las medidas judiciales que marcan ese punto de inflexión no se dieron en el marco de un estado de excepción o por decreto presidencial. El Ejecutivo Nacional no se ha involucrado en ninguna acción con respecto al referendo revocatorio. Por ende, es un bodrio intentar aplicarle al presidente Nicolás Maduro los artículos 232, 235 ó 240, puesto que no está incurriendo en ninguna violación de los supuestos delitos referidos en el texto constitucional.
La base para acusar a Maduro de que está ejerciendo una “presidencia de facto” (sinónimo de dictadura) está montada en varias acciones judiciales, perfectamente ajustadas a derecho para proteger un recurso constitucional -el revocatorio- que no pasaron por él o por su gabinete. El presidente Maduro no puede ser acusado de “violar derechos constitucionales”, ya que esa violación la realizó la MUD durante la recolección del 1% de las firmas y la decisión para reparar esos vicios no parte del Ejecutivo Nacional, respetando las fronteras y funciones de las distintas instancias del Poder Público.
Las medidas judiciales que buscan reparar los daños cometidos durante la recolección irregular del 1% de las firmas para activar un referendo revocatorio son independientes del presidente Nicolás Maduro y del Poder Ejecutivo.
Henry Ramos Allup acabó con las esperanzas del juicio político
La prensa internacional se aferró a lo que le interesaba -el titular rimbombante- y omitió hábilmente lo expuesto por el presidente de la AN, Henry Ramos Allup.
Durante su derecho de palabra, donde aprovechó para agredir verbalmente a la institucionalidad militar venezolana y al ministro para la Defensa, Vladimir Padrino López, Ramos Allup explicaba que la evaluación de la situación presidencial (abandono de cargo y responsabilidad política) que iniciaba el día de ayer era sólo eso: una evaluación.
El presidente de la AN expresó que luego de que la comisión especial diera sus conclusiones se volvería a evaluar si se consultaba al Tribunal Supremo de Justicia para hacer procedente un proceso de enjuiciamiento político contra el presidente Nicolás Maduro.
Es decir, el mismo Ramos Allup expuso que no depende de la AN la aplicación de ese mecanismo, sino de un poder que no está bajo su esfera de influencia. La AN tampoco puede purgar los poderes públicos, así que más engorroso es el camino para acercarse a un juicio político con todas las de la ley.
Henry Ramos Allup, sin querer queriendo, expresó de cabo a rabo un secreto a voces: el juicio político es un bodrio y un fraude legal. Intentan replicar el mismo formato de golpe parlamentario en Brasil, pero sin estar en Brasil ni tener como adversario a una Dilma Rousseff.
Más allá de los motivos jurídicos, están los políticos. Desde 1989 la política no se define en salones, palacios y cónclaves de sabios, sino en la calle y con la gente. La política representativa se cayó de sus taburetes y altares, 27 años después no se ha podido volver a encaramar. Cuando decimos que esto no es Brasil, Honduras o Paraguay no sólo es por la fortaleza institucional del Estado venezolano para preservarse ante el golpe continuado del antichavismo, sino por las condiciones y los rasgos que nos definen como pueblo político: no nos dejamos chantajear por pruritos, expertos, tecnócratas ni patiquines.
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