LA PROCURACIÓN DICTAMINÓ LA CONSTITUCIONALIDAD DE LOS ARTÍCULOS DE LA LEY DE MEDIOS CUESITONADOS POR EL GRUPO CLARÍN

Carbo_Gils FOTO: TÉLAM
Buenos Aires, 12 de julio 2013 (Télam) La Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, dictaminó hoy la constitucionalidad de los artículos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) cuestionados por el Grupo Clarín, con lo cual allanó el camino para que la Corte Suprema de Justicia falle sobre la aplicación plena de la norma sancionada por el Congreso en el 2009.
En un extenso dictamen de 64 carillas la procuradora recomendó expresamente al máximo tribunal que revoque el fallo del 17 de abril pasado emitido por la Cámara Civil y Comercial Federal que benefició al multimedios, ya que “omite absolutamente la ponderación de los intereses colectivos en juego para centrarse en el interés patrimonial” de dicho grupo de medios.
“Esa sentencia denota una visión parcializada que se revela en el notable énfasis que pone en preservar los intereses patrimoniales de los demandantes, sin que se advierta igual tesón en respetar los derechos de la ciudadanía en contar con una mayor pluralidad informativa, de ideas y contenidos”, sostiene el dictamen.
En concreto, el dictamen defiende la constitucionalidad del artículo 45 de la ley 26.522 que fijó restricciones a la multiplicidad de licencias en el ámbito nacional y local, punto central de la objeción del multimedios. El artículo 45 de la LSCA “contiene limitaciones a la multiplicidad de licencias a los efectos de contrarrestar la tendencia actual a la concentración en materia de medios de comunicación, y en definitiva a preservarla libertad de de información y expresión”, se indica en el dictamen.
Gils Carbó calificó de “arbitrario” el fallo de la Cámara al considerar lícitas las restricciones en medios de aire e ilegal para los canales de cable y sostuvo incluso que “el paradigma de la escasez del espacio radioeléctrico para justificar reglamentaciones es obsoleto”. Para la Procuración, “las actuales dificultades a la participación de una pluralidad y diversidad de actores” no derivan de la escasez del medio utilizado para transmitir los servicio audiovisuales sino de “obstáculos económicos, técnicos, y políticos que el articulo 45 procura combatir”.
“Los problemas que planean las concentraciones de medios no tienen origen diferente a los que se suscitan ante cualquier concentración empresaria: la acumulación del poder de mercado para asfixiar a los competidores y establecer barreras a la entrada de nuevo participantes”, se señala en el dictamen.
En ese aspecto recuerda que en los diez años precedentes a la sanción de la Ley de Medios “casi no se permitió la entrada de nuevos actores” en el mercado del cable dominado en el área metropolitana en un 85 por ciento por dos empresas vinculadas a Clarin, Multicanal y Cablevisiòn, y sólo el 15 por ciento restante a la única competencia, Telecentro.
Según la procuradora esto revela “fuertes condicionamientos a la expresión plural y diversificada en ese ámbito” y adjudica al fallo de la Cámara “una interpretación sesgada sobre la protección constitucional de la propiedad al estilo neoclásico del siglo XIX”, con prescindencia de la evolución jurídica en la delimitación de ese derecho “y de los intereses colectivos que justifican la intervención del Estado”.
“Para ponderar un conflicto entre bienes jurídicos constitucionales -en este caso el derecho de propiedad y el pluralismo informativo que es la base del debate democrático- hay que ponderar el lugar que cada derecho tiene en el orden de valores constitucionales”, sostiene en otro tramo el dictamen.
“La libertad de empresa, para ser tal, debe estar asociada a la libre competencia”, agrega y pone de relieve el nivel de concentración alcanzado por el Grupo Clarin, propietario del diario de mayor circulación, controlante de otros en las principales provincias, de una fábrica de papel, y de mas de 200 licencias de tv y radio.
La Procuradora remarcó también que la norma sancionada en octubre de 2009 fue producto de un debate “amplio y participativo”, centrado en el propósito de “garantizar el ejercicio del derecho humano a la libertad de expresión en condiciones de equidad y la conformación de un debate público plural y diverso”. (Télam)