Vergonzoso fallo a favor de Clarín de una Cámara sospechada de parcial a sus intereses.

banner_telefonica
AFSCA_Larrache-Sabbatella-Zurano-659x310
Las autoridades de aplicación denuncias los linealimientos lamentables del fallo a favor de Clarín. (FOTO: AFSCA)
BUENOS AIRES (TV Mundus) Por Daniel do Campo Spada.- En un fallo vergonzoso la Cámara de Casación falló a favor del oligopolio Clarín en su pedido de inconstitucionalidad de la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual en una resolución falsamente “salomónica” en la que deja activos a los artículos que no molestan al Grupo y elimina a los que lo involucran. De esa forma, como si se tratara de legisladores, los jueces desvirtúan el espíritu de la norma. Sospechosamente el dictamen coincidió con la manifestación opositora contra la democratización del Poder Judicial.
Los caceroleros de derecha gozaron el fallo de una Cámara en la que sus jueces (Francisco De las Carreras, Susana Najurieta y Ricardo Guarinoni) han sido denunciados por recibir viajes “all inclusive” a Miami pagados por Héctor Magnetto y la supuesta apropiadora de hijos de desaparecidos Ernestina Herrera de Noble. Dando un caso magnífico para explicar por qué hay que modificar el poder judicial, reducto en el que las corporaciones se refugian para no respetar las leyes que afectan sus intereses.
La Ley de Servicios de Comunicación (LSCA) procura defender la polifonía de los mensajes, evitando la concentración de la información. Como no pueden declarar inconstitucionalidad a una Ley sancionada legalmente por el Congreso Nacional y aprobada por el Poder Ejecutivo Nacional, se limitaron a dejar afuera los artículos que no le convienen a Clarín. Por ejemplo, no deben limitarse a un número determinado de licencias de televisión por cable, puede conservar sus 9 señales de aire cuando solo podría conservar una, no deberán respetar la imposibilidad de superposición de cables y señales de aire, no les importará superar el 35 % de cobertura geográfica indicado como máximo para una sola empresa, al igual que podrán abusar totalmente de la cantidad de señales (tienen 195 cuando solo pueden disponer de 24).
El Gobierno Nacional y la Autoridad Federal de Aplicación del Servicio de Comunicación Audiovisual apelarán ante la Suprema Corte de Justicia, que en un fallo previo había dictaminado que la Ley de Servicios de Comunicación no violaba la libertad de expresión, atendiendo que el fundamento de la jueza de casación Najurieta argumentó nuevamente ese precepto nacido en las oficinal del oligopolio.

do Campo Spada, 2013 (C)
Redaccion@tvmundus.com.ar
www.tvmundus.com.ar
www.ECOInformativo.com.ar
www.Komunicacion.com.ar
www.tvmundus.wordpress.com
www.youtube.com/tvmundus
www.facebook.com/tvmundus
www.twitter.com/tvmundus
www.issuu.com/mundus
www.reflexioncristiana.tvmundus.com.ar
www.fmflores.tvmundus.com.ar
ABRIL 2013-04-18
TECUM – NOVO MundusNET Televisión
Permitida su reproducción con mención de la fuente

banner_libroLosTresCiclos